Gobierno

SEAGATE TECHNOLOGY HOLDINGS PLC Directrices de gobierno corporativo

La Junta Directiva (la “Junta”) de Seagate Technology Holdings plc (la “Compañía”) adopta las siguientes directrices para aclarar la manera en que ejerce sus responsabilidades. Adicionalmente, estas directrices demuestran que la Junta tiene la autoridad necesaria y cuenta con las prácticas para revisar y evaluar las operaciones empresariales de la Compañía según convenga y para tomar las decisiones que sean independientes de la administración de la Compañía.

Estas directrices, junto con los estatutos de los comités de la Junta, describen la estructura de la Junta correspondientes al gobierno de la Compañía. La Junta continuará evaluando lo apropiado y eficaz de estas directrices, las cuales están sujetas a cambios según lo considere necesario la Junta para el bien de la Compañía o según lo requieran las leyes y normativas aplicables. El Comité de Designación y Política de Gestión Empresarial de la Junta (el “Comité de Designación y Política de Gestión Empresarial”) revisa estas directrices con regularidad y hace recomendaciones a la Junta según sea necesario.

Diríjase a las siguientes secciones:

Información general sobre la Junta
Criterios de composición/admisión en la Junta
Responsabilidades de la Junta
Directores con cambios significativos de empleo
Comité de la Junta
Operaciones de la Junta y de los Comités
Programa de compensación de la Junta

  1. Información general sobre la Junta. La Junta dirige y supervisa la administración de los negocios y asuntos de la Compañía de manera que corresponda a los mejores intereses de la Compañía y sus accionistas. En este papel de supervisión representa al máximo órgano de toma de decisiones de la Compañía, excepto por aquellos asuntos reservados a los accionistas. La Junta selecciona y supervisa a los miembros de la alta gerencia que se encargan de dirigir los negocios de la Compañía por disposición de la Junta. Tanto la Junta como la administración reconocen que los intereses a largo plazo de la Compañía se anticipan al abordar de forma responsable las preocupaciones de otros miembros con derecho a voto, incluidos empleados, clientes, proveedores y comunidades donde opera la Compañía. Por consiguiente, los directores supervisan la formulación de las metas estratégicas, financieras y organizacionales a largo plazo de la Compañía y de los planes diseñados para lograr dichas metas.
  2. Criterios de composición/admisión en la Junta.
    1. Número de integrantes de la Junta. De conformidad con la Constitución de la Compañía, el número de directores que constituye la Junta no puede ser inferior a dos, ni tampoco superior a 12, a menos que los accionistas incrementen o reduzcan el número máximo. El número real lo determina una resolución de la Junta. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo revisa de manera periódica el número de integrantes de la Junta para garantizar que el número actual de directores respalde de manera más eficaz a la Compañía.
    2. Independencia de los directores. La Junta considera que, como materia de buen gobierno corporativo, y de conformidad con las leyes, normas y reglamentos, la Junta deberá constar de al menos de una mayoría de directores externos y, en ningún caso, la Junta podrá constar de menos de la mayoría de los directores externos. Un director califica como independiente con respecto a servicio en la Junta y en sus comités si la Junta ha determinado que el director cumple la definición de “director independiente” descrita en las normas de cotización del Sistema de Cotizaciones Automatizadas de la Asociación Nacional de Agentes de Valores (“Nasdaq”). La Junta también es responsable de determinar afirmativamente, respecto a cada director externo, que no existe relación con la Compañía, en opinión de la Junta, que pudiera interferir con la emisión de opiniones independientes en el desempeño de sus responsabilidades como director. Al tomar estas determinaciones, la Junta considerará ampliamente hechos y circunstancias relevantes, incluida la información proporcionada por el director y la Compañía con respecto a las actividades comerciales y personales de cada director que puedan estar relacionadas con la Compañía y la administración de la Compañía.
    3. Criterios de admisión en la Junta. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo es responsable de revisar las calificaciones de los posibles candidatos a director y de recomendar a la Junta a aquellos candidatos a ser nominados para ser elegidos para formar parte de la Junta. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo trabaja con la Junta para determinar de manera periódica, según corresponda, las calificaciones, experiencia y características deseadas para formar parte de la Junta. La Compañía está comprometida con su valor de inclusión y la Junta cree que es importante considerar la diversidad de raza, la identidad étnica, el género, la edad, la educación, los antecedentes culturales y las experiencias profesionales, incluso de entornos no tradicionales, al evaluar a los candidatos para formar parte de la junta. En consecuencia, al evaluar a los candidatos para su nominación como nuevos directores, el Comité de Designación y Gobierno Corporativo considerará los factores anteriores y buscará identificar candidatos que incluyan razas y grupos étnicos subrepresentados, así como diferentes géneros. Si el Comité de Designación y Gobierno Corporativo decide contratar a una empresa de búsqueda, le pedirá a dicha empresa de búsqueda que procure identificar posibles candidatos que incluyan razas y grupos étnicos subrepresentados, así como diferentes géneros, que también cumplan las otras calificaciones que el Comité de Designación y Gobierno Corporativo determinó como necesarias. Cada candidato a un puesto de director debe tener el compromiso de representar los intereses a largo plazo de los accionistas, la mejor reputación e integridad, la capacidad de realizar consultas analíticas independientes, tiempo suficiente para dedicar a los asuntos de la Junta, comprensión de los negocios de la Compañía y ningún conflicto de intereses que pudiera interferir con su desempeño como director.
    4. Permanencia como Director. Los accionistas de la Compañía eligen cada uno de los directores anualmente para un período de un año. Asimismo, la Junta podrá designar a los directores entre las reuniones de accionista. La Junta no ha establecido límites de duración de los cargos. A pesar de que los límites de duración de los cargos ofrecen algunas ventajas, la Junta considera que cualquier beneficio no tiene mayor peso que la desventaja de perder directores con amplia experiencia que han desarrollado un conocimiento valioso sobre la Compañía, sus operaciones, estrategias, planes y su potencial. Como alternativa a los límites de duración de los cargos, el Comité de designación y gobierno corporativo revisa las calificaciones y contribuciones de cada director mientras considera si debería nominarse para la reelección como miembro de la Junta y proporcionar recomendaciones a la Junta con respecto a si debería participar para su reelección por parte de los accionistas. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo también considera la asistencia anterior del consejero a las reuniones, la participación y las contribuciones a las actividades del Consejo y la Compañía y otras calificaciones y características establecidas en el estatuto del Comité de Designación y Gobierno Corporativo. En la asamblea general anual de la Compañía, los accionistas también podrán nominar a los directores para su elección y el Comité de Designación y Gobierno Corporativo tomará en consideración dichas nominaciones. Además, en virtud de la legislación irlandesa, los accionistas que posean menos del 10% de los derechos al voto podrán convocar a una asamblea de accionistas con el fin de, entre otros asuntos, considerar las designaciones a director.
    5. Dirección de la Junta.

      Presidente de la Junta. Por lo general, la Junta considera que los cargos de presidente de la Junta y el director ejecutivo (“CEO”) no los debe ocupar la misma persona para ayudar en la supervisión de la administración, a menos que la Junta determine que el hecho de que la misma persona ocupe ambos cargos favorecerá a los intereses de la Compañía. Si el cargo de presidente de la Junta lo ocupa una persona distinta al director ejecutivo, el presidente de la Junta coordinará las actividades de los directores que no pertenecen a la administración. El presidente de la Junta está autorizado a convocar reuniones de la Junta y de los directores independientes; establece las órdenes del día de las reuniones de la Junta consultando con los demás directores, el director ejecutivo y el secretario corporativo; preside las sesiones ejecutivas de los directores independientes; dirige la evaluación anual del desempeño del director ejecutivo de la Junta y, cuando se le solicita, representa a la Junta ante audiencias internas y externas, incluidos los accionistas, y realiza las demás funciones que se especifican en estas directrices o que la Junta le asigna ocasionalmente.

      Director independiente principal. Si el presidente de la Junta no es un director independiente, el Comité de designación y gobierno corporativo debe nominar y los directores independientes deben elegir a un director independiente principal entre los directores independientes de la Compañía en la primera sesión ejecutiva después de cada reunión anual El director independiente principal coordina las actividades de los otros directores no administrativos, preside las reuniones de la Junta cuando el presidente de la Junta no está presente y las sesiones ejecutivas, facilita el proceso de evaluación del CEO, sirve como vínculo entre el presidente de la Junta y los directores independientes, aprueba la planificación y el orden del día de las reuniones de la Junta, tiene la autoridad para convocar reuniones de los directores independientes y está disponible para consultas y comunicación directa si lo requieren los accionistas mayoritarios. El cargo de director independiente principal se alternará según lo considere necesario la Junta.

    6. Servicio de los directores en otras Juntas.

      Juntas de otras compañías: Se exige a los directores informar al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo y al secretario corporativo antes de formar parte de la junta de otra compañía pública o privada de modo que se puedan estudiar cuidadosamente todos los posibles conflictos y otros problemas. El presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo puede entonces revisar el asunto con todo el comité, teniendo en cuenta cualquier posible conflicto de intereses, así como el impacto en la capacidad del CEO para cumplir sus obligaciones con la Compañía y sus accionistas. Los directores generalmente están limitados a ejercer sus cargos en cinco (5) juntas de compañías públicas, incluida a Junta de la Compañía. Los directores que se desempeñen como CEO de otra compañía pública están limitados a formar parte de una junta de otra empresa pública además de ejercer en la Junta de la Compañía, así como de ejercer en la Junta en la que el director es un CEO. Asimismo, ningún miembro del Comité de Auditoría y Finanzas de la Junta (el “Comité de Auditoría y Finanzas”) podrá actuar en el comité de auditoría o en el comité de auditoría y finanzas de más de tres (3) compañías públicas (incluida la Compañía), excepto que la Junta Directiva determine que semejantes actuaciones simultáneas no perjudicarán la capacidad de dicho miembro para desempeñar su labor con eficacia en el Comité de Auditoría y Finanzas. La Compañía espera que todos los directores dediquen suficiente tiempo y esfuerzo a sus responsabilidades como miembros de la Junta de la Compañía. La labor en otras juntas o comités debe concordar con esta expectativa y con las políticas de conflicto de intereses de la Compañía establecidas en (i) la sección II.E a continuación, (ii) el Código de conducta de la Compañía, (iii) la Política y los procedimientos que rigen las operaciones de personas relacionadas de la Compañía, y (iv) la Constitución de la Compañía. Estos factores se toman en consideración durante el proceso de evaluación de los directores individuales.

      Participación del CEO en otras juntas: el CEO de la Compañía está limitado a formar parte de dos (2) juntas de compañías públicas, lo que incluye la Junta de la Compañía. Se exige al CEO informar al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo y al secretario corporativo antes de formar parte de la junta de otra compañía pública o privada de modo que se puedan estudiar cuidadosamente todos los posibles conflictos y otros problemas. El presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo puede entonces revisar el asunto con todo el comité, teniendo en cuenta cualquier posible conflicto de intereses, así como el impacto en la capacidad del CEO para cumplir sus obligaciones con la Compañía y sus accionistas. El CEO no puede formar parte de la junta de una compañía en la que un director de la Compañía se desempeñe como funcionario sin la aprobación previa del Comité de Designación y Gobierno Corporativo.

      Participación de los funcionarios ejecutivos (aparte de nuestro CEO) en otras juntas: Nuestros funcionarios ejecutivos (aparte de nuestro CEO) están limitados a participar en la junta de una empresa pública o de una privada. Se exige al funcionario ejecutivo informar al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo y al CEO antes de formar parte de la junta de otra compañía pública o privada de modo que se puedan estudiar cuidadosamente todos los posibles conflictos y otros problemas. El presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo puede entonces revisar el asunto con todo el comité, teniendo en cuenta cualquier posible conflicto de intereses, así como el impacto en la capacidad del funcionario ejecutivo para cumplir sus obligaciones con la Compañía. El funcionario ejecutivo no puede formar parte de la junta de una compañía en la que un director de la Compañía se desempeñe como funcionario sin la aprobación previa del Comité de Designación y Gobierno Corporativo.

    7. Conflictos de interés. Se espera que los directores eviten cualquier acción, postura o interés que entre en conflicto con los intereses de la Compañía o dé la apariencia de un conflicto. Si se desarrolla un conflicto de interés real o potencial o si una transacción constituye una “transacción con personas relacionadas”, el director informará todos los hechos relacionados con el asunto al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo y al secretario corporativo. Si un director tiene un interés personal en un asunto ante la Junta, el director debe revelar el interés a la Junta y al secretario corporativo, excusarse de la discusión y abstenerse de votar sobre el asunto.
  3. Responsabilidades de la Junta.
    1. Revisar y aprobar la dirección estratégica de la Compañía, el plan de operaciones y las acciones corporativas principales. La Junta y el equipo de la alta gerencia discutirán y, en su caso, la Junta aprobará las principales estrategias a largo plazo, los objetivos y planes financieros y de otro tipo, así como las principales acciones corporativas. La Junta revisa y aprueba un plan de operación para la Compañía y también se espera revisar las tendencias políticas, legales y económica importantes, así como los acontecimientos que puedan tener un impacto sobre la Compañía.
    2. Supervisar el rendimiento de la Compañía. La Junta supervisa el rendimiento de la Compañía en comparación con su plan operativo y el rendimiento de empresas similares. Regularmente, la Junta revisa el rendimiento financiero de la Compañía enfocándose particularmente en comparaciones con empresas similares y de la competencia. Estas revisiones incluyen los criterios de la administración, así como también de los inversionistas clave y analistas de valores.
    3. Evaluar el rendimiento de la Compañía y del Director ejecutivo. Los directores que no pertenecen a la administración se reúnen por separado periódicamente para evaluar la dirección y el rendimiento de la Compañía y discutir el rendimiento y la remuneración individual del CEO siguiendo una evaluación del Comité de Compensación de la Junta (“Comité de Compensación”). Los resultados de esta evaluación se entregan al director ejecutivo.
    4. Revisar y aprobar los planes de sucesión del director ejecutivo y la administración sénior. La Junta entiende la importancia de los planes de sucesión ordenados dentro de la Compañía. La Junta realiza una evaluación anual de los planes de sucesión del director ejecutivo y de la administración sénior, así como de los planes de desarrollo vigentes para preparar a los posibles sucesores. La Junta también evalúa los planes de contingencia para la sucesión interina del director ejecutivo y del director financiero (“CFO”), en caso de acontecimientos inesperados.
    5. Consejos y asesorías a la administración. Los consejos y asesorías a la administración ocurren tanto a través de reuniones formales de los Comités de la Junta y de la Junta como a través de contactos informales de los directores individuales con el Director ejecutivo y otros miembros de la administración en diferentes niveles en toda la Compañía.
    6. Supervisar el cumplimiento ético y legal. La Junta, directamente y a través de sus Comités, supervisa el cumplimiento ético y legal verificando que se cuente con procesos para mantener la integridad en toda la Compañía, incluida la integridad de los estados financieros y la integridad del cumplimiento de las leyes y la ética, así como del Código de Ética para Altos Directivos Financieros de la Compañía.
    7. Lealtad y ética. En sus funciones como directores, todos los directores tienen deberes fiduciarios con la Compañía, incluyendo actuar a favor de los intereses de la Compañía. La Compañía adoptó un Código de conducta y se espera que los directores se apeguen a este código.
    8. Supervisar la gestión de riesgos. La Junta, directamente y a través de sus Comités, supervisa los procesos y programas de la gestión de riesgos empresarial de la Compañía, incluidos aquellos para los riesgos operativos y financieros, evalúa los distintos riesgos que enfrenta la Compañía, incluidos los que tienen que ver con ciberseguridad, privacidad de datos, seguridad del producto y los controles de sistemas de la información computarizados de la Compañía, revisa las estrategias para reducir los riesgos y, al menos dos veces al año, revisa los pasos que la administración de la Compañía está tomando o ha tomado para supervisar y controlar el riesgo dentro de las orientaciones de la propensión a riesgos.
  4. Directores que cambian de empleo actual o afiliación comercial. Ante un cambio de empleo o afiliación comercial principal de un director, el director debe informar de inmediato al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo por escrito de este cambio enviando una copia al secretario corporativo. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo evaluará la pertinencia de que dicho director no empleado permanezca en la Junta y recomendará a la Junta si debe solicitar que dicho director no empleado presente su renuncia. Si así lo determina el Comité de Designación y Gobierno Corporativo, se espera que dicho director no empleado presente de inmediato su renuncia a la Junta y a todos los comités de la misma por escrito al presidente del Comité de Designación y Gobierno Corporativo. Se espera que los directores que también sean empleados de ofrezcan su renuncia de la Junta al mismo tiempo que abandonen su empleo activo con la Compañía, lo cual estará sujeto a la aprobación de la Junta.
  5. Comités de la Junta. La Junta supervisa todas las decisiones de suma importancia en la Compañía. Con el fin de colaborar en la dirección de los diferentes asuntos con mayor profundidad, la Junta ha establecido tres comités permanentes: el Comité de Auditoría y Finanzas, el Comité de Compensación, y el Comité de Designación y Gobierno Corporativo. Los miembros de los Comités de Auditoría y Finanzas, de Compensación y Personas y de Designación y Gobierno Corporativo deben cumplir los estándares de independencia estipulados en NASDAQ y otras normas reglamentarias aplicables a dichos comités, según lo determine la Junta. Cada comité rinde cuentas a la Junta. Ocasionalmente, la Junta puede agregar comités adicionales o disolver comités adicionales, según lo considere conveniente para cumplir sus responsabilidades principales (todos los comités de la Junta, los “Comités” y a nivel individual, un “Comité”).

    La Junta también considera la rotación periódica de los miembros y presidentes del comité, tomando en consideración los beneficios de la continuidad y la experiencia; y los requisitos legales, regulatorios y de acciones para la sustitución que se indican. Un director puede actuar en más de un comité.

    Además, cada comité realiza una revisión y evaluación periódica del desempeño de dicho comité y de sus miembros, incluido el cumplimiento por parte del comité de sus estatutos. La Compañía publica los estatutos de los comités en su sitio web.

  6. Operaciones de la Junta y de los Comités.
    1. Reuniones de la Junta y asistencia del director. La Junta de la Compañía se reúne al menos trimestralmente, pero se reúne con mayor frecuencia si se considera necesario. El Presidente de la Junta preside las reuniones de la Junta, o en su ausencia, lo hace el director independiente principal. Se espera que cada director asista tanto a las reuniones programadas como a las especiales (y, en ningún caso, a menos del 75 % de las reuniones), excepto que circunstancias inusuales hagan que la asistencia sea poco práctica. Un director que no pueda asistir a una reunión de la Junta o del comité debe notificar al presidente de la Junta o del comité y al director ejecutivo antes de la reunión. Asimismo, se espera que los directores se esfuercen para asistir a la asamblea general anual.
    2. Orden del día de la Junta. El presidente de la Junta establece el orden del día preliminar en cada reunión de la Junta. Cualquier director puede solicitar que se incluyan puntos en el orden del día. El presidente de la Junta o el director independiente principal aprueba el borrador final del orden del día antes de cada reunión trimestral de la Junta.

      Aunque la Junta cree que es importante planificar cuidadosamente el orden del día para que las reuniones de la Junta sean efectivas, el orden del día es suficientemente flexible para adaptarse a novedades. En cada reunión de la Junta se programa un tiempo considerable para realizar debates completos de asuntos importantes. El orden del día, además de incluir informes operativos y financieros, incluye otros informes, como asuntos de la actualidad que puedan afectar las estrategias y negocios a corto o a largo plazo de la Compañía, medidas fundamentales y comparaciones, así como otros tipos de presentaciones que puedan mejorar las perspectivas de un director en diversos asuntos. Las presentaciones de la administración se programan para permitir que una parte del tiempo de la reunión de la Junta esté disponible para debates y comentarios.
    3. Sesiones ejecutivas. Para promover la discusión y comunicación libres y abiertas entre los directores independientes, la Junta y cada Comité reservan tiempo en cada reunión regular de la Junta o Comité, respectivamente, pero no menos de dos veces al año, para que los directores no empleados se reúnan en sesión ejecutiva sin directores administrativos u otro administrativo presente. “Directores no empleados” son todos los directores que no son empleados de la Compañía, incluidos tanto los directores independientes como aquellos directores que no lo son en virtud de una relación material, condición anterior o pertenencia por familia, o por cualquier otra razón. Además, si entre los directores no empleados hay directores que no son independientes, la Junta reservará tiempo en cada reunión regular de la Junta, pero no menos de dos veces al año, para que los directores independientes se reúnan en sesión ejecutiva sin que estén presentes directores no independientes ni administrativos. Si el presidente de la Junta no es un director independiente, el director independiente principal preside las sesiones ejecutivas.
    4. Flujo de información para la junta. Los miembros de la Junta reciben el orden del día y otras informaciones antes de las reuniones de la Junta, para que de esa manera tengan la oportunidad de preparar los temas para discutirlos en la reunión, a menos que por cuestiones de tiempo o por la naturaleza delicada de algún asunto se requiera que los materiales se presenten sólo en la reunión de la Junta. Se espera que cada director revise esta información antes de la reunión para facilitar un empleo eficiente del tiempo de la reunión. Cuando se prepara esta información, la administración procura garantizar que los materiales se distribuyan a la mayor brevedad posible; sin embargo, le brinda suficiente información a los directores para tomar decisiones bien fundadas. La gerencia pondrá a disposición el personal idóneo para responder cualquier pregunta que un director pueda tener con respecto a cualquier aspecto empresarial de la Compañía.

      La información suministrada a la Junta proviene de una variedad de fuentes, incluidos los informes de la administración, una comparación del rendimiento para planes financieros y operativos, informes sobre el rendimiento de las acciones y las operaciones de la Compañía y las operaciones preparadas por terceros, así como artículos de varias publicaciones de negocios.

      Cuando corresponda, los puntos significativos que requieran de la aprobación de la Junta pueden ser tratados en una o más reuniones y sometidos a votación en reuniones posteriores, y ese periodo de tiempo se usará para aclarar y discutir asuntos relevantes.
    5. Asistencia regular de miembros que no pertenecen a la directiva a las reuniones de la Junta. Los altos ejecutivos de la Compañía informan a la Junta sobre sus áreas correspondiente de responsabilidad según solicitud de la Junta. En ocasiones, se les pide a otros trabajadores de la compañía que realicen presentaciones específicas ante la Junta.
    6. Orientación de los nuevos directores. Se exige a los nuevos directores de la compañía asistir a una sesión de orientación, que incluye recibir y revisar gran cantidad de materiales referentes a los negocios y operaciones de la compañía, incluidos, aunque no exclusivamente, estados financieros y estructura y gobierno corporativo. Se invita a los directores titulares a asistir a estas reuniones de orientación. Para que puedan familiarizarse con los procesos de fabricación de la Compañía, se insta a los nuevos directores a visitar el centro de diseño de la compañía y las instalaciones de fabricación, en la medida de lo posible y dentro de un plazo razonable tras haberse unido a la Junta. La Compañía reembolsará los viajes razonables y pertinentes, así como otros gastos relacionados con las orientaciones de los nuevos directores.
    7. Educación del director actual.La Compañía alienta a sus directores a que visiten los centros de diseño y las instalaciones de fabricación de la Compañía, que asistan a programas de educación para directores externos y, con la autorización del secretario corporativo, reembolsará a los directores los gastos razonables relacionados con tales actividades. Además, la Compañía brinda a los directores educación continua sobre los negocios y la industria de la Compañía, las funciones y responsabilidades de la Junta y los comités, las responsabilidades legales y éticas y las tendencias de gobierno corporativo.
    8. Reembolso por los viajes del director. La Compañía reembolsará a los directores los gastos de viaje razonables relacionados con su asistencia a las reuniones de la Junta, cualquier reunión del Comité de la Junta y las reuniones generales de la Compañía. Todos los demás gastos de viaje deben ser aprobados previamente por el secretario corporativo de la Compañía o las personas designadas para esta tarea por el secretario corporativo.
    9. Evaluaciones. La Junta, a través del Comité de Designación y Gobierno Corporativo y el Comité de Compensación, supervisa el proceso de evaluación de la Junta y el director ejecutivo con regularidad. Cada uno de los Comités de la Junta realiza autoevaluaciones periódicas y el Comité de Designación y Gobierno Corporativo será responsable de supervisar el proceso de esta evaluación. Las respuestas se revisan con el Comité de Designación y Gobierno Corporativo y la Junta. El Comité de designación y gobierno corporativo considera también periódicamente la mezcla de habilidades y experiencia que los directores traen a la Junta y evalúa si la Junta tiene las herramientas necesarias para llevar a cabo su función de supervisión de forma efectiva.
    10. Otras capacidades de los comités. Las capacidades de los miembros de los Comités individuales se revisan cada año de conformidad con los requisitos normativos, de haberlos, dispuestos para los miembros de cada Comité particular. El Comité de Designación y Gobierno Corporativo le recomienda a la Junta a los miembros de los Comités y la Junta designa a los miembros y presidentes de los Comités de conformidad con la ley aplicable y de acuerdo con los criterios establecidos en los estatutos correspondientes del Comité y otros criterios que la Junta considere relevantes para las responsabilidades de cada Comité.
    11. Orden del día de los comités. Los presidentes de los Comités y los miembros de la administración pertinentes, de conformidad con los estatutos del Comité y, según corresponda, tras consultar con los miembros del Comité, determinarán la frecuencia y la duración de las reuniones del Comité. El Presidente del Comité, tras consultar con la administración, prepara el orden del día del Comité. Los eventos recurrentes anuales de cada comité se distribuyen, por lo general, cada año y se usan como temas preliminares del orden del día. Todos los miembros de los Comités son libres de incluir temas adicionales a un orden del día. Los presidentes de los comités resumirán las discusiones y acciones del Comité ante toda la Junta.
    12. Acceso para asesores externos y a la administración. La Junta y sus comités tienen el derecho, en cualquier momento, de obtener asesoría, informes u opiniones de asesores o consultores externos financieros, legales, contables o de otro tipo a expensas de la Compañía para asistirlos en cuanto a sus deberes ante la Compañía y sus accionistas. Los miembros de la Junta también tendrán acceso a todos los miembros de la administración y empleados de la Compañía, según sea necesario para cumplir sus funciones.
    13. Comunicaciones con los directores. La Asamblea general anual brinda a los accionistas la oportunidad de formular preguntas o comunicarse directamente con los miembros de la Junta sobre asuntos relacionados para la Compañía. Además, los accionistas y otras partes interesadas pueden comunicarse con alguno de o todos nuestros directores, incluidos el director de la Junta, el director independiente principal o los directores que no pertenecen a la administración o los independientes como colectivo, por medio de correspondencia por correo postal o correo electrónico, como se indica a continuación:

      Junta Directiva (o el nombre del director)
      c/o secretario corporativo
      Seagate Technology
      38/39 Fitzwilliam Square
      Dublin 2, Ireland
      Company.secretary@seagate.com

      El secretario corporativo le transmitirá las comunicaciones al director o a los directores destinatarios tan pronto como le sea posible, a menos que existan consideraciones legales o de otro tipo que impidan la transmisión adicional de la comunicación, según lo determine el secretario corporativo. En este sentido, el secretario corporativo no reenviará ciertos temas que no se relacionen con las obligaciones y responsabilidades de la Junta, tales como:
      • solicitudes de negocios o publicidad;
      • correo no deseado o envíos masivos;
      • sugerencias sobre nuevos productos;
      • quejas sobre productos;
      • consultas sobre productos;
      • currículums u otras formas de solicitudes de empleo;
      • spam; y
      • encuestas.

      Además, el material que resulte excesivamente hostil, amenazante, ilegal o de igual manera inapropiado será descartado, con la disposición de que se le informará a la Junta o a los directores individuales a los que se dirija el mensaje de cualquier comunicación retenida por consideraciones legales o de otro tipo lo antes posible.
    14. Reporte de inquietudes sobre contabilidad, controles internos o asuntos de auditoría. El Comité de Auditoría y Finanzas ha implementado procedimientos para recibir, evaluar y tratar las quejas que se reciben en relación con la contabilidad, controles internos de contabilidad y asuntos de auditoría y para permitir el envío anónimo y confidencial por parte de cualquier persona de sus inquietudes en relación con una contabilidad dudosa o asuntos de auditoría. Estos procedimientos, incluyendo la información de contacto para la ayuda en línea de ética, los podrá hallar en el sitio web de la Compañía http://www.seagate.com/about/investors/, en la ficha “Ayuda en línea de ética”.
  7. Interacción con la prensa y otros medios. La Junta considera que la administración habla en nombre de la Compañía. Cada director debe remitir a la administración todas las consultas de la prensa u otros medios con respecto a las operaciones de la Compañía. Los directores individuales pueden, de vez en cuando y a solicitud de la administración, reunirse o comunicarse de algún otro modo con varios miembros que están involucrados con la Compañía. Si los comentarios de la Junta son pertinentes, en la mayoría de las circunstancias, deben provenir del presidente de la Junta o del director independiente principal. Todas las comunicaciones externas deben cumplir la Política de comunicaciones externas de la Compañía 06-1060.
  8. Programa de compensación de la Junta. La compañía intenta mantener un programa de compensación justo y franco a nivel de la Junta, que está diseñado para ser competitivo con programas de compensación de compañías similares.
    1. Compensación para los directores

      El Comité de Compensación de la Compañía revisa, recomienda y administra las políticas que rigen el nivel y la forma de la compensación para los directores, con la supervisión de los directores independientes y la aprobación de la Junta. Los empleados de la Compañía no recibirán compensaciones adicionales por sus servicios como directores.

      El Comité de Compensación de la Compañía considera que una parte sustancial del total del paquete de compensación de los directores debe adoptar la forma de acciones comunes de la Compañía y compartir equivalencias para alinear mejor los intereses de los directores de la Compañía con los intereses de sus accionistas a largo plazo.
    2. Propiedad de las acciones

      La Compañía adoptó las Directrices de propiedad de acciones para funcionarios y directores (“Directrices”) que requieren la propiedad (i) por parte de directores no empleados de acciones ordinarias valoradas en cuatro (4) veces su retención anual en efectivo, medida trimestralmente en función del precio de la acción al cierre del trimestre y (ii) por el CEO, CFO y otros funcionarios de la sección 16 de la Compañía de acciones ordinarias por un monto igual a un valor meta aplicable basado en un múltiplo del salario anual. La Junta revisa y actualiza periódicamente las Directrices según lo considere apropiado.
  9. Interpretación

    Estas directrices deben entenderse e interpretarse en el contexto de todas las leyes aplicables, la Constitución de la Compañía y otros documentos de gobierno corporativo.
  10. Enmienda

    La Compañía se compromete a revisar y actualizar continuamente nuestras políticas y, por lo tanto, se reserva el derecho de enmendar estas directrices en cualquier momento y por cualquier motivo, conforme a la legislación aplicable.

Según lo adoptado por la Junta directiva a partir del 21 de abril de 2024.